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28/03/2020

COMUNICADO

PROGRAMA DE REFUERZO EDUCATIVO EN PERÍODO ESTIVAL

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 El Cole en Casa con La Banda

 


 

APERTURA DE CENTROS DOCENTES PARA TAREAS ADMINISTRATIVAS

Instrucciones de 13 de mayo de 2020, de la viceconsejería de educación y deporte, relativas a la apertura de los centros docentes para la realización de las funciones propias de los procedimientos de admisión del alumnado para el curso 2020/21 y otras tareas administrativas.  

Pinchar para ver Instrucciones        Inst_Apertura (1)

Los centros docentes sostenidos con fondos públicos permanecerán abiertos al público desde el 18 de mayo de 2020 para realizar las funciones que le atribuye la normativa vigente relativa a los procedimientos de admisión del alumnado en los mismos para cursar las enseñanzas que se imparten en el sistema educativo andaluz para el curso 2020/21. Adoptando las medidas de higiene y prevención.

La secretaría de los centros docentes públicos cuya titularidad corresponda a la Administración de la Junta de Andalucía permanecerá abierta al público, con carácter general, para atender a las personas solicitantes de plaza escolar. Para evitar la aglomeración de las personas que acudan a los centros para solicitar plaza escolar o para cualquier otra gestión relacionada con el procedimiento de admisión, garantizando al público la posibilidad de respetar la distancia entre ellos de, al menos, dos metros. Se establecerá un sistema de cita previa.
 
Otras tareas administrativas.
Los centros docentes podrán entregar al alumnado que lo solicite el material escolar que consideren oportuno para el correcto desarrollo de las actividades lectivas a distancia. A tales efectos se establecerá con las familias afectadas un sistema de cita previa que evite aglomeraciones en los centros y permita respetar las medidas de distanciamiento social y el resto de previsiones higiénicas y sanitarias establecidas en las presentes Instrucciones.

Seguimiento del proceso enseñanza y aprendizaje

Los equipos docentes han adaptando las tareas y actividades de manera que puedan ser desarrolladas por el alumnado en su domicilio.

Para acceder a los blogs del profesorado y correos electrónico pinchar en el enlace:

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INSTRUCCIÓN DE 23 DE ABRIL DE 2020, DE LA VICECONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE, RELATIVA A LAS MEDIDAS EDUCATIVAS A ADOPTAR EN EL TERCER TRIMESTRE DEL CURSO 2019/2020.

 

Mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que se ha ido prorrogando en función de la evolución de la pandemia, y que entre otras medidas establecía la suspensión de la actividad educativa presencial, aunque se mantenían las actividades educativas a través de las modalidades a distancia y “on line”, siempre que fuese posible.

Ante la alteración del curso académico 2019/2020 y la consecuente consideración de excepcionalidad del mismo, la Consejería de Educación y Deporte es consciente de que se está llevando a cabo una permanente atención a la diversidad del alumnado, para lo cual se está contextualizando el currículo, la metodología didáctica, así como la evaluación, atendiendo al principio de autonomía de los centros docentes y su profesorado, ya que estos agentes son los que se encuentran más cercanos a la realidad educativa de su propio contexto escolar, y que todas las acciones emprendidas tienen como objeto garantizar la continuidad académica del alumnado.

Al objeto de unificar criterios para adoptar las decisiones que se consideran relevantes en relación al curriculo, la evaluación, la promoción y la titulación, esta Viceconsejería de Educación y Deporte en uso de las competencias que le confiere el Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte, procede a dictar la siguiente:  

 Instrucción 23 abril 2020 Viceconsejería de Educación y Deporte

Con respecto a la evaluación, siguiendo las instrucciones de 23 de abril de 2020, relativas a las medidas educativas adoptadas en el tercer trimestre del curso 2019/2010.

La tercera evaluación será continua y tendrá carácter formativo y diagnóstico para valorar los posibles desfases curriculares y los avances realizados, con el objeto de aportar valor añadido a los resultados obtenidos por el alumnado en los dos primeros trimestres y planificar las medidas que sean necesarias adoptar para el próximo curso.En la evaluación ordinaria, así como para la calificación de las distinta áreas, materias omódulos, se tendrán fundamentalmente en consideración los resultados de los dos primeros trimestres y, a partir de ellos, se valorarán las actividades y pruebas realizadas por el alumnado en el tercer trimestre únicamente si tienen valoración positiva. En este sentido, darán traslado a las familias, por los medios que estimen más convenientes, de los ajustes realizados para llevar a cabo dicha evaluación y para determinar la calificación.

Anexo I. Educación Infantil.

Evaluación.La evaluación en Educación Infantil pretende señalar el grado en que se van desarrollando las diferentes capacidades, así como orientar las medidas de refuerzo o adaptaciones curriculares necesarias. La evaluación tiene en esta etapa una evidente función formativa, sin carácter de promoción, ni de calificación del alumnado.Por tanto, la evaluación debe tener a la finalización del curso un carácter diagnóstico, formativo y de prevención de dificultades, así como de preparación del curso próximo de cara al establecimiento de nuevos aprendizajes.La evaluación del aprendizaje del alumnado corresponderá a la persona que ejerza la tutoría, que recogerá, en su caso, la información proporcionada por todos los profesionales que puedan incidir en el grupo o atiendan a algún alumno o alumna en particular.Se garantizará la información que los tutores o tutoras de último curso del primer ciclo de educación infantil trasladarán a los centros donde su alumnado desarrolle el segundo ciclo de esa misma etapa educativa. Para ello se deberá cumplimentar prioritariamente en el portal Séneca el informe final de ciclo.La valoración del proceso de aprendizaje se expresará en términos cualitativos, recogiéndose los progresos efectuados por el alumnado y, en su caso, las adaptaciones necesarias para el próximo curso escolar.

Anexo II. Educación Primaria

Evaluación.La evaluación de los aprendizajes del alumnado será realizada por el profesorado a través de todos los mecanismos puestos en marcha (antes y después de la situación extraordinaria de las circunstancias actuales) para la observación continuada de la evolución del proceso de aprendizaje.Los procedimientos de evaluación se adecuarán a las adaptaciones metodológicas realizadas durante el tercer trimestre del curso 2019/2020, teniendo en cuenta las capacidades y características del alumnado. No obstante, se priorizará la evaluación, atendiendo a su carácter continuo, diagnóstico y formativo, a partir de las evaluaciones anteriores y las actividades desarrolladas durante este periodo, siempre que ello favorezca al alumno o alumna. En ningún caso, el alumnado podrá verse perjudicado por las dificultades derivadas del cambio de metodología a distancia del tercer trimestre.

El profesorado calificará al alumnado tomando como referencia el proceso de evaluación continua desarrollado a lo largo del curso. Para ello, se tendrá en cuenta las calificaciones obtenidas, en su caso, por el alumnado tanto en la primera como en la segunda evaluación, y, a partir de ellas, se valorarán las actividades y pruebas realizadas por el alumnado en el tercer trimestre únicamente si tienen valoración positiva.

La repetición se considerará una medida de carácter excepcional y se tomará tras haber agotado el resto de medidas de atención a la diversidad para solventar las dificultades de aprendizaje del alumno o la alumna, y solo en el caso de que los aprendizajes no adquiridos le impidan seguir con aprovechamiento el nuevo curso o la nueva etapa.

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